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Una resolución dispone que a partir del 23 de enero dejen de ser polirubros.
Las farmacias sólo deberán vender medicamentos

Desde el 23 de enero de 2014, las farmacias sólo podrán vender medicamentos, cosméticos y productos de higiene personal, según se indica en una resolución publicada en el Boletín Oficial por el Ministerio de Salud. Esta resolución reglamenta la Ley de Farmacia 26.567, aprobada en 2009. De esta forma, ya no podrán tener en sus góndolas otros productos como golosinas, películas o cosméticos.

La normativa establece que las farmacias sólo podrán dedicarse a la preparación de recetas y despacho y venta al público de drogas, medicamentos y especialidades farmacéuticas. El expendio de medicamentos, además, debe hacerse detrás de un mostrador, por lo que los clientes no pueden retirar fármacos de las góndolas.

A su vez, se detallan los medicamentos de venta libre que solo podrán venderse desde ahora en las farmacias: jeringas y agujas descartables, frascos para recolección de muestras, repelentes, parches oculares, productos de higiene oral de uso odontológico y productos para diagnóstico de usos "in vitro".

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