Notas de Interés
Bioequivalencia, un avance para la seguridad y eficacia de los medicamentos locales
"Aplicar los requisitos de bioequivalencia resulta un avance importante desde el punto de vista de la seguridad y eficacia de los medicamentos locales."

Garantizar la eficacia, la seguridad y la calidad de los medicamentos es un objetivo central de la política sanitaria implementada por el Estado argentino a través de la ANMAT (Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica). Así, uno de los requisitos para lograrlo es la observación del estricto cumplimiento del cronograma de demostración de la bioequivalencia de aquellos medicamentos considerados similares, a través de los estudios de biodisponibilidad.

 

“Los criterios de la ANMAT se basan en solicitar estudios de bioequivalencia en forma gradual, comenzando con las sustancias activas de riesgo mayor”, explica la Lic. Sara Abelaira, consultora independiente para la industria farmacéutica.

 

Un medicamento original es un producto que contiene una nueva molécula, cuya eficacia y seguridad están dadas por los estudios realizados durante las fases del desarrollo (preclínica y fases clínicas 1, 2 y 3). Una vez expirada la patente, se permite la comercialización de medicamentos genéricos, que son equivalentes terapéuticos del producto original porque tienen la misma sustancia activa, la misma vía de administración y la misma dosis molar y, además, se ha demostrado su bioequivalencia con el medicamento original.

 

La bioequivalencia puede demostrarse, explica Abelaira, “realizando estudios in vivo en voluntarios. De acuerdo con la OMS (2006), dos productos son bioequivalentes cuando sus biodisponibilidades en cuanto a sus valores de Cmax y Tmax y en cuanto a exposición, área bajo la curva (AUC), después de la administración de la misma dosis molar en las mismas condiciones, son similares en tal grado que se espera que sus efectos sean esencialmente los mismos. Dependiendo de la solubilidad y permeabilidad de la sustancia activa, estos estudios de bioequivalencia in vivo pueden ser exceptuados y reemplazados por estudios de disolución. En estos casos, se habla de bioexenciones y de estudios de bioequivalencia in vitro”.

 

Teniendo en cuenta los recursos de los que se dispone en el país, la posición de la ANMAT al respecto ha sido pragmática, solicitando estudios de bioequivalencia en función del riesgo sanitario. Así, en el año 2000, se incluyeron los medicamentos que contienen Piridostigmina para el tratamiento de la miastenia gravis en el cronograma para realizar estudios de bioequivalencia (Res 229/2000). Posteriormente, en el año 2001, se estableció la obligatoriedad de realizar estudios de bioequivalencia (in vivo o in vitro) para los medicamentos antirretrovirales (Res 40/2001 y 3311/01). Más recientemente, en el año 2012, se estableció la obligatoriedad de realizar estudios de bioequivalencia para una serie de principios activos con diferentes plazos. El primero, que venció el 31 de agosto de 2013, incluía principios activos con actividad antipsicótica como: Clozapina, Haloperidol (oral), Olanzapina, Quetiapina y Risperidona (Disp 4788/2012).

 

“Los estudios de bioequivalencia in vitro se realizan con un aparato de disolución. Todos los laboratorios que realizan controles de calidad de productos sólidos tienen ese aparato, lo que les permite llevarlos a cabo fácilmente”, afirma Abelaira. Los estudios de bioequivalencia in vivo, en cambio, se realizan midiendo la sustancia activa en plasma por cromatografía (HPLC) o cromatografía acoplada a espectrometría de masas (HPLC-MS o HPLC-MS-MS). En este sentido, la especialista indica que “la HPLC-MS-MS ha avanzado mucho en los últimos años y es capaz de brindar la alta selectividad y la sensibilidad que necesitan estos estudios”.

 

Los medicamentos que se registran en la Argentina como similares no requieren estudios de bioequivalencia, explica Abelaira, a diferencia del registro de genéricos en Estados Unidos o en la Unión Europea, que sí los exigen. “Los medicamentos similares son equivalentes farmacéuticos, es decir, que tienen la misma sustancia activa, en la misma vía de administración y la misma dosis molar que el medicamento original, pero no necesariamente son bioequivalentes. En realidad, no presentan ninguna ventaja para el paciente, porque no se puede asegurar que posean la misma eficacia y seguridad que el medicamento original”.

 

En la Argentina, explica Abelaira, “los laboratorios están acostumbrados a registrar los medicamentos por similaridad” y, en este sentido, aplicar los requisitos de bioequivalencia resulta un “avance importante desde el punto de vista de la seguridad y eficacia de los medicamentos locales”. En Estados Unidos, y más recientemente en Brasil, se requieren estudios de bioequivalencia in vivo o in vitro para los registros de todos los productos genéricos.

 

En cuanto a la Ley de Patentes, indica que “la relación entre esta ley y la bioequivalencia no es directa, ya que los laboratorios innovadores realizan estudios toxicológicos y clínicos para asegurar la seguridad y eficacia del medicamento original, y cuando se vence la patente no es necesario que los laboratorios de genéricos repitan todos los estudios realizados por el laboratorio innovador. Simplemente se requiere que demuestren que su producto es bioequivalente al producto original”.

 

La vigilancia sanitaria es un concepto que se está afianzando cada vez más, tanto en la Argentina como en el resto de Latinoamérica, para avanzar en la producción de medicamentos bioequivalentes que garanticen las mismas calidad y eficacia que sus originales.

 

 

 

 

 

 

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