Notas de Interés
A partir del 20 de septiembre comenz贸 a regir la nueva medida dispuesta por la ANMAT
Se trata de la regulaci贸n de la publicidad de alimentos y medicamentos

 

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) comenzó este domingo con la regulación de la publicidad de alimentos y medicamentos para poner mayor rigor en el control de las comunicaciones de las compañías y garantizar que la información provista sea veraz y objetiva. 

 

Según la disposición 6516/15, las compañías del sector deberán enviar al organismo oficial toda publicidad -tradicional o no- dirigida a la población en general, y presentar la pieza publicitaria correspondiente en el formato en que será difundida para corroborar -a modo de declaración jurada- que cumple con los parámetros dispuestos por las normativas vigentes.  

 

La notificación se deberá realizar dentro de las 48hs desde el inicio de la difusión del material. En caso de no ser así, la ANMAT podrá obligar a la empresa a que se abstenga de dejar de difundir o evitar que se difunda el aviso. 

 

En sus consideraciones, el escrito postula que resulta necesario "reducir la brecha temporal entre la primera emisión de la publicidad y la fiscalización del organismo" y afirma que esto permitirá "actuar con mayor celeridad para notificar la abstención de toda pauta publicitaria en presunta infracción a la normativa". Aquellos que caigan en alguna falta estarán expuestos a sanciones y acciones por parte del Gobierno.

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